martes, 2 de enero de 2018

Jurisdicción civil: Plazo de los actos de comunicación al Ministerio Fiscal

Se ha publicado en el BOE la Ley 12/2017, de 28 de diciembre, de modificación de la Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, para garantizar la efectividad de los actos de comunicación del Ministerio Fiscal.

En virtud de lo dispuesto se prorroga hasta el 1 de enero de 2020 que el plazo para que se tengan por realizados los actos de comunicación al Ministerio Fiscal sea de 10 días naturales, y no el de un día hábil que marca el artículo 151.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.